Bogotá D.C., 29 de enero de 2017. Señor Doctor Juan Manuel Santos Calderon Presidente de la República de Colombia.

Las fuerzas vivas de Nariño, Caquetá y Putumayo, institucionales, políticas, empresariales y sociales manifestamos nuestra sentida preocupación por el contenido de la Resolución 40005 emanada del Ministerio de Minas y Energía del pasado 04 de enero, en la que se elimina la posibilidad de continuar con el subsidio a los cilindros de gas GLP o propano de estratos 1 y 2 para los actuales beneficiarios de las ciudades y poblaciones significativas, restringiendo dicho beneficio únicamente a los sectores categorizados como rural disperso, generando un grave impacto a la economía de 214.500 familias de estos departamentos, es decir, cerca de 740 mil colombianos perderán este derecho y beneficio.
Esta medida del Gobierno significa un grave retroceso de las conquistas sociales de las comunidades usuarias del servicio público del GLP, logradas luego de 22 años de promulgada nuestra Constitución Política de Colombia de 1991, además de contravenir el compromiso público realizado por usted Doctor Juan Manuel Santos, en la plaza de Nariño de Pasto, durante su campaña presidencial; por si no fuera suficiente, la resolución 40005 contraviene el Decreto 2195 del 07 de octubre de 2013, emitido por el Jefe de Estado: una resolución ministerial, no puede desconocer un decreto presidencial.
Este subsidio para los mencionados departamentos, se logró tras largas luchas populares de usuarios y medios de comunicación regionales respaldadas por arduos debates en el Congreso de la República donde se sustentó la necesidad de que en Colombia existan iguales subsidios y privilegios para los usuarios del GLP, de la misma categoría a los otorgados a otros servicios públicos, pues no hacerlo así implicaría una exclusión, una discriminación no justificada a un importante margen de población de escasos recursos constituyéndose una asimetría violatoria del fundamental derecho a la igualdad y de la ley 142 de 1994.
Señor Presidente, no es posible que por el déficit presupuestal, una resolución ministerial desconozca los criterios, subcategorice, y omita el conjunto de criterios y objetivos definidos dentro del esquema del programa SISBEN para medir el nivel de necesidades y priorizar el gasto público en la población más vulnerable, a un criterio de categoría urbana o rural, es así como es igual de elegible para inversión social del estado por su nivel de necesidades insatisfechas, quien tiene categoría 1 del SISBEN y vive en un centro urbano, como quien vive en una zona rural dispersa.
Con todo respeto recordamos el objetivo y finalidad del SISBEN que era el criterio con el cual se venían asignando los subsidios a estrato 1 y 2.
«El Sistema de Selección de Beneficiarios Para Programas Sociales (SISBEN) es una herramienta, conformada por un conjunto de reglas, normas y procedimientos para obtener información socioeconómica confiable y actualizada de grupos específicos en todos los departamentos, distritos y municipios del país. Lo que se busca con la información que arroja el SISBEN es focalizar el gasto público para de esta manera garantizar que el gasto social sea asignado a los grupos de población más pobres y vulnerables. El objetivo central del SISBEN es establecer un mecanismo técnico, objetivo, equitativo y uniforme de selección de beneficiarios del gasto social para ser usado por las entidades territoriales. Mediante la aplicación de una encuesta, permite identificar los posibles beneficiarios de programas sociales en las áreas de salud, educación, bienestar social, entre otras. El SISBEN es la puerta de entrada al régimen subsidiado.» Subrayado fuera del texto.
Informa el Ministerio de Minas y Energía en dicha resolución la existencia de un rubro deficitario que tan solo cuenta con 17 mil millones de pesos, en la Ley 1815 de diciembre 07 de 2016 (Ley del Presupuesto General de la Nación).
Se hace indispensable, apropiar una suma no inferior a 40 mil millones de pesos en el presupuesto adicional que se presentará al Congreso de la República en los meses de febrero y marzo, para que de esa manera se complete la partida presupuestal que garantice la sostenibilidad de los subsidios del GLP en el sur del país.
Señor Presidente, estos departamentos de la periferia de Colombia han sido afectados por las inclemencias de la guerra. La paz solo inicia con equidad social.

 

CAMILO ROMERO GALEANO

GOBERNADOR DE NARIÑO

ALVARO PACHECO ÁLVAREZ

GOBERNADOR DE CAQUETA

SORREL AROCA

GOBERNADORA DE PUTUMAYO

PARLAMENTARIOS DE NARIÑO

GERMÁN BERNARDO

CARLOSAMA GUILLERMO GARCÍA

REALPE EDUARDO ENRÍQUEZ

MAYA MYRIAM ALICIA PAREDES

MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO

JAVIER TATO ÁLVAREZ ANTONIO

NAVARRO WOLFF GUSTAVO

ESTUPIÑÁN BERNER ZAMBRANO

OSCAR FERNANDO BRAVO

LILIANA BENAVIDES EULER MARTÍNEZ

GREMIOS NARIÑO

FIDEL ARTURO DÍAZ TERÁN

CÁMARA DE COMERCIO DE PASTO

EUGENIA ZARAMA CARVAJAL

FENALCO SECCIONAL NARIÑO

COMITÉ INTERGREMIAL NARIÑO

PEDRO VICENTE OBANDO

ALCALDE PASTO

ANDRÉS MAURICIO PERDOMO

ALCALDE FLORENCIA

JOSE ANTONIO CASTRO MELEDEZ

ALCALDE DE MOCOA

PARLAMENTARIOS DE CAQUETÁ

Representantes

HARRY GONZÁLEZ

LUIS FERNANDO URREGO

PARLAMENTARIOS DE PUTUMAYO

ARGENIS VELÁSQUEZ

ORLANDO GUERRA DE LA ROSA

EDUARDO ANDRÉS ZÚÑIGA

PRESIDENTE ASAMBLEA DE NARIÑO

SERAFIN ÁVILA

PRESIDENTE CONCEJO DE PASTO

GREMIOS CAQUETÁ

JUAN CARLOS ROJAS

PDTE. CÁMARA COMERCIO FLORENCIA

GREMIOS PUTUMAYO

DECCI IBARRA

PDTA. CÁMARA COMERCIO

 

COMITÉ DE CONTROL SOCIAL Y SERVICIOS PÚBLICOS Y REPRESENTANTES DE USUARIOS

SERGIO IBARRA

FANNY ÑAÑEZ

VOCALES DE CONTROL

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